REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

DECRETO 327/2010

Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

Transición entre Etapas

En esta sección se recoge cómo la Consejería competente en materia de educación debe coordinar los institutos y colegios, tanto de educación infantil, primaria y secundaria, con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre las dos etapas educativas que conforman la enseñanza básica y facilitar la continuidad de su proceso educativo. Por tanto, las jefaturas de estudios de dichos centros dispondrán las actuaciones a realizar en este ámbito las cuales, una vez acordadas, se recogerán en los respectivos proyectos educativos.

Derechos y Deberes del Alumnado

Este apartado se centra en los derechos y deberes del alumnado. En primer lugar se detallan los deberes: asistir a clase puntualmente y regularmente, participar activamente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, respetos a los compañeros, respeto al profesorado, respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente, utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, etc...

Después se habla de los derechos que tiene el alumnado, como pueden ser: recibir una educación de calidad y una formación, derecho al estudio y la orientación educativa y profesional, a su formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, al acceso a las tecnologías de la información y comunicación, al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, a la igualdad de oportunidades y de trato, a la libertad de expresión y de asociación, etc...

Funciones y Deberes del Profesorado

Esta sección, contiene los artículos referentes a las funciones y deberes del profesorado, a sus derechos y a la protección de los mismos. Entre las funciones destacan: realizar la programación y la enseñanza de las materias o módulos, evaluar el proceso de aprendizaje del alumnado, orientación educativa, académica y profesional del alumnado, atender al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado, coordinar de las actividades docentes, de gestión y de dirección, participar en actividades formativas, etc., siempre en colaboración con el resto del personal docente.

Referente a los derechos, aparte de los derechos recogidos en la normativa debidos a su condición de funcionarios, en la actividad como docente se recogen algunos más: reconocimiento de su autoridad magistral y académica, emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al nivel de desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del centro a través de los cauces establecidos para ello, respetar al alumnado, a participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del profesorado, a la formación permanente para el ejercicio profesional, a la movilidad interterritorial, hacer sus programaciones del aula en las distintas materias que imparta según el proyecto curricular del centro, ser puntual al horario oficial del Centro, etc...

Por último, se recogen una serie de pautas donde explica cómo la Consejería competente en materia de educación atiende y mejora los derechos del profesorado para que sus condiciones de trabajo sean las mejores.

Familias

Este capítulo habla sobre la participación de las familias durante el proceso educativo de sus hijos. Contiene una serie de artículos que hablan sobre las derechos y deberes, la colaboración con el Centro y las asociaciones de padres y madres (AMPA).

Algunos derechos más significativos pueden ser el participar durante el proceso educativo, el estar informados sobre la evaluación y evolución de sus hijos, recibir el control del faltas... De la colaboración lo que más destacamos es la obligación de colaborar con el centro educativo, ya que deben hacerles ver a sus hijos que deben tener respeto a todo lo referido al Centro: profesores, mobiliario, etc...

Las asociaciones de padres y tienen como finalidad el colaborar en las actividades educativas y promover la participación de sus hijos. También destaca su colaboración en la elaboración del Plan de Centro.

PAS (Personal de Administración y Servicios)

Este capítulo trata de los derechos y obligaciones. Como derechos y obligaciones destacamos la participación en el Centro Escolar. También se establece la protección de estos derechos, tales como acciones para favorecer la justa colaboración social del PAS y se les proporcionará asistencia jurídica y psicológica gratuita.

Plan de Centro

Dentro del Plan de Centro están incluidos el Proyecto Educativo, el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF), y el Proyecto de Gestión.

Características del Plan de Centro:

-El equipo directivo es el encargado de su creación y el Consejo escolar de su aprobación.

-Tiene carácter plurianual; es decir, se modifica cada cuatro años el plan completo, sin embargo las memorias se modifican cada año al final de cada curso.

-Es público, por esta razón suele estar publicado en la página web del centro o en internet en formato pdf.

-Finalmente, el Claustro de profesores podrá sugerir nuevas propuestas al equipo directivo para la elaborar el Plan de Centro. En esta reunión se establecerán los diferentes criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado así como otros aspectos relacionados.

Proyecto Educativo

El Proyecto Educativo de Centro (PEC) es un documento de carácter pedagógico elaborado por la Comunidad Educativa que enumera y define los rasgos de identidad de un centro, formula los objetivos que se han de conseguir y expresa la estructura organizativa y funcional del centro educativo.

Los Centros de Educación Secundaria Obligatoria podrán elaborar un proyecto educativo conjunto con los Centros de Educación Primaria de la misma zona.

El profesorado, el personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, las juntas de delegados del alumnado y las asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado pueden realizar sugerencias para el PEC.

¿Qué debe incluir?

-Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo.

-Líneas generales de actuación pedagógica.

-Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.

-Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docentedel centro y del horario de dedicación de las personas responsables de las mismos para la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

-Los procedimientos y criterios de evaluación, promoción del alumnado y titulación del alumnado.

-La forma de atención a la diversidad del alumnado.

-La organización de las actividades de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva.

-El plan de orientación y acción tutorial.

-El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias, de acuerdo con lo que se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

-El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar a que se refiere el artículo 24.

-El plan de formación del profesorado.

-Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.

-En el caso de las enseñanzas de formación profesional, los criterios para la elaboración de los horarios, teniendo en cuenta las características específicas de cada módulo en cuanto a horas, espacios y requisitos. Asimismo, se incluirán los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto.

-Los procedimientos de evaluación interna.

-Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.

-Los criterios para determinar la oferta de materias optativas y, en su caso, el proyecto integrado. En el caso del bachillerato, además, los criterios para la organización de los bloques de materias en cada una de las modalidades impartidas, considerando su relación con las universidades y con otros centros que imparten la educación superior.

-En el caso de la formación profesional inicial, los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y proyecto de cada uno de los ciclos formativos que se impartan.

-Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las enseñanzas.

-Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el instituto.

-Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Plan de Convivencia

El Plan de Convivencia de centro forma parte del Proyecto Educativo del mismo. Es un documento en el que se establecen los criterios, objetivos y procedimientos por los que la comunidad educativa del colegio determina las acciones de prevención, actuación y evaluación para la convivencia entre sus miembros.

Tiene como finalidad la mejora de la comunicación entre los distintos agentes de la comunidad educativa y el desarrollo de valores democráticos y de ciudadanía como la tolerancia, la apreciación de la diversidad y el diálogo entre sus miembros. Además establece los mecanismos adecuados para la prevención y resolución de situaciones de conflicto y/o violencia.

Algunas intervenciones de desarrollo del Plan se realizarán a través de las siguientes actuaciones:

- Los procesos de enseñanza/aprendizaje, especialmente la metodología.

-La enseñanza de la resolución pacífica de conflictos.

-El fomento de las habilidades sociales y de comunicación.

-La definición y respeto de las normas de convivencia.

-El desarrollo de la empatía y el reconocimiento de los derechos de los demás.

-El impulso de colaboración entre la familia y la escuela.

ROF y Proyecto de Gestión

El ROF es un documento con objetivo de exponer a los centros unas normas comprensivas de todos los preceptos cuya aplicación se considera imprescindible para su correcto funcionamiento y para cumplir lo ordenado en la Legislación vigente. Se trata de un documento muy necesario para la organización de los centro, para que éstos sean lo más funcionales posibles y concretar todo el funcionamiento de los mismos.

El Reglamento sirve, igualmente para normalizar y mejorar la gestión y la vida interna del Instituto, agilizando la relación entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Autoevaluación y Memoria de Autoevaluación

Los institutos de educación secundaria realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa.

La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores que faciliten a los institutos de educación secundaria la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el departamento de formación, evaluación e innovación educativa.

Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado del cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del instituto, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. Corresponde al departamento de formación, evaluación e innovación educativa la medición de los indicadores establecidos.

El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, y que incluirá:

  • Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores.
  • Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro.

Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo, por la jefatura del departamento de formación, evaluación e innovación educativa y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro.

Programación Didáctica

Las programaciones didácticas son instrumentos específicos de planificación, desarrollo y evaluación de cada materia, módulo o, en su caso, ámbito del currículo establecido por la normativa vigente. Se atendrán a los criterios generales recogidos en el proyecto educativo y tendrán en cuenta las necesidades y características del alumnado. Serán elaboradas por los departamentos de coordinación didáctica, de acuerdo con las directrices de las áreas de competencias, su aprobación corresponderá al Claustro de Profesorado y se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación a que se refiere el artículo 28 (autoevaluación). Incluirán los siguientes aspectos:

  1. Los objetivos, los contenidos y su distribución temporal y los criterios de evaluación, posibilitando la adaptación de la secuenciación de contenidos a las características del centro y su entorno.
  2. En el caso de la ESO, referencia explícita acerca de la contribución de la materia a la adquisición de las competencias básicas.
  3. En el caso de la FP inicial, deberán incluir las competencias profesionales, personales y sociales que hayan de adquirirse.
  4. La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo.
  5. La metodología que se va a aplicar.
  6. Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación, en consonancia con las orientaciones metodológicas establecidas.
  7. Las medidas de atención a la diversidad.
  8. Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los libros para uso del alumnado.
  9. Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo que se proponen realizar por los departamentos de coordinación didáctica.

En ESO las programaciones didácticas de todas las materias y, en su caso, ámbitos incluirán actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral.

Las programaciones didácticas de las distintas materias del bachillerato incluirán actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público.

Las programaciones didácticas facilitarán la realización, por parte del alumnado, de trabajos monográficos interdisciplinares u otros de naturaleza análoga que impliquen a varios departamentos de coordinación didáctica.

Los institutos de educación secundaria podrán realizar programaciones didácticas agrupando las materias de la ESO en ámbitos, con objeto de contribuir a los principios que orientan el currículo de esta etapa educativa.

El profesorado desarrollará su actividad docente de acuerdo con las programaciones didácticas de las enseñanzas que imparta.

Consejo Escolar

El Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado son los órganos colegiados de gobierno de los institutos de educación secundaria. Tienen la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos educativos del centro.

El Consejo Escolar de los institutos de educación secundaria de doce o más unidades estará compuesto por los siguientes miembros:

  • El director o la directora del instituto, que ostentará la presidencia.
  • El jefe o la jefa de estudios.
  • Ocho profesores o profesoras.
  • Cinco padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado por la asociación de madres y padres del alumnado con mayor número de personas asociadas.
  • Cinco alumnos o alumnas.
  • Una persona representante del personal de administración y servicios.
  • Una concejalía o persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el instituto.
  • En el caso de institutos en los que al menos haya cuatro unidades de formación profesional inicial o en los que el veinticinco por ciento o más del alumnado esté cursando dichas enseñanzas, un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del instituto.
  • El secretario o la secretaria del instituto, que ejercerá la secretaría del Consejo Escolar, con voz y sin voto.

Los centros que tienen menos de 12 unidades se encontrarán con la diferencia de que tendrán 6 profesores o profesoras, 4 padres o madres y 3 alumnos o alumnas. El resto se mantiene igual.

Las competencias del consejo escolar son las siguientes:

  • Aprobar y evaluar el Plan de Centro.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
  • Participar en la selección del director o directora del centro.
  • Decidir sobre la admisión del alumnado.
  • Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en el instituto.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al presente Reglamento y demás normativa de aplicación.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el instituto, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
  • Reprobar a las personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.
  • Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del instituto, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  • Elaborar propuestas e informes.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.

Claustro

El claustro de profesores es presidido por el director del centro y está compuesto por la totalidad de profesores del mismo. La secretaría del claustro le corresponde al mismo secretario del centro. Las competencias son las siguientes:

  • Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro.
  • Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro.
  • Aprobar las programaciones didácticas.
  • Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  • Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director o directora.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del instituto, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  • Informar el reglamento de organización y funcionamiento del instituto.
  • Informar la memoria de autoevaluación.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la normativa vigente.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el instituto.

Equipo Directivo (Funciones)

El equipo directivo de los institutos de educación secundaria es el órgano ejecutivo de gobierno de dichos centros y trabajará de forma coordinada en el desempeño de las siguientes funciones:

  • Velar por el buen funcionamiento del instituto.
  • Establecer el horario que corresponda a todas las materias o actividades del Centro.
  • Coordinar los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado.
  • Velar por el cumplimientos de las competencias.
  • Elaborar el Plan de Centro y la Memoria de autoevaluación.
  • Impulsar la actuación coordinada y la participación del instituto con el resto de centros docentes de su zona educativa.
  • Colaborar con la Consejería competente en materia de educación.

La composición del equipo directivo será la siguiente:

  • Una dirección.
  • Una jefatura de estudios.
  • Una secretaría.

Dependiendo del número de unidades, se establecerán varias vicedirecciones y jefaturas de estudios adjuntas para poder desempeñar mejor las funciones anteriormente citadas.

Órganos de Coordinación Docente

En los institutos de educación secundaria existirán los siguientes órganos de coordinación docente:

  • Equipos docentes: profesores y profesoras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas.
  • Áreas de competencias: social-lingüística, científico-tecnológica, artística y de formación profesional.
  • Departamento de orientación: compuesto por el profesorado perteneciente a la especialidad de orientación educativa, profesorado responsable de los programas de atención a la diversidad o educadores y educadoras sociales.
  • Departamento de formación, evaluación e innovación educativa: identifican las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen para, posteriormente, proponer al equipo directivo las actividades formativas que constituirán el plan de formación del profesorado, para su inclusión en el proyecto educativo. También estarán encargados de promover que las materias optativas de configuración propia y el proyecto integrado estén basados en trabajos de investigación y sigan una metodología activa y participativa entre el alumnado.
  • Equipo técnico de coordinación pedagógica: compuesto por el director, el jefe de estudios y los titulares de los departamentos anteriores. Deben establecer las directrices generales para la elaboración del Plan de Centro, asesorando al equipo directivo, establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas, asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluación en competencias, etc...
  • Tutoría: cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrán un tutor o tutora que ejercerá la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias.
  • Departamentos de coordinación didáctica que se determinen: integrado por todo el profesorado que imparte las enseñanzas que se encomienden al mismo. Colaboran en la elaboración del Plan de Centro, las programaciones didácticas, realizan pruebas de evaluación...

PROPUESTA DE MEJORA DEL R.O.F.

Tras analizar algunos de los reglamentos de organización de los centros donde hemos estado realizando las prácticas, vamos a listar algunas modificaciones o posibles mejoras que hemos observado dividiendo éstas según la legislación y las recomendaciones de la Junta de Andalucía, que son las siguientes:

1. La Participación en la Vida del Centro

Este apartado habla de la participación de los elementos que componen la Comunidad Educativa (alumnos, profesorado y familias) cuyo objetivo será el de mejorar las condiciones del Centro Educativo para posibilitar el desarrollo de los alumnos.

  • MEJORAS/MODIFICACIONES:

Como norma general, las funciones del delegado muy concretas y bien redactadas. Tanto los alumnos como el delegado deben conocer el procedimiento y las formas adecuadas para intervenir en cada una de las cuestiones que les puedan atener. Por ejemplo, para la mejora de la gestión del aula de clase, yo propondría que el delegado fuese una figura importante dentro del aula, teniendo el rol de responsabilizarse de que el aula esté siempre equipada con el material necesario para el desarrollo de las clases, para que luego no se pierda tiempo de clase en tener que ir a por tizas, borradores, etc. Para esto, se necesitaría la ayuda del resto de compañeros, dándole responsabilidad también al subdelegado. De esta manera, los haremos sentir importantes y adquirirán valores relacionados con el liderazgo, responsabilidad, organización, etc. Entre sus labores también podrían estar la de transmitir en la sala de profesores la ausencia o retraso de algún profesor, llevar el control de las ausencias de alumnos en clase, o encargarse también de la limpieza del aula.

Respecto a las familias, la mayoría de ROF las identifica como las principales responsables de la educación de sus hijos e hijas, teniendo el centro una función complementaria de esa función educativa. Se habla de su labor, de cómo se pueden organizar y qué finalidad tendrán sus asociaciones. Quizás hemos visto que falta definir en algunos casos el número de reuniones por curso.

En cuanto al profesorado, en algunos reglamentos sólo viene indicado qué papel juega su participación en la vida del Centro, mientras que en otros reglamentes viene mucho más detallado, como puede ser la formación del Claustro de Profesores, su representación en el Consejo Escolar, su organización en departamentos didácticos. También se habla del PAS (Personal de Administración y Servicios) como miembros activos de la comunidad educativa y que, por tanto, deben tener una serie de responsabilidades y funciones para contribuir al desarrollo del alumnado.

2. Gobierno y Gestión de los Centros

Este apartado se centra en la planificación general del Centro, así como su coordinación y dirección. Debe exponer los diferentes elementos que componen el organigrama del Centro.

  • MEJORAS/MODIFICACIONES:

Pensamos que la distribución del tiempo debería ser más flexible, adaptándose ésta a las necesidades y metodologías de cada grupo.

En cuanto al espacio, nosotros proponemos que los grupos cambien de aula cada cierto tiempo puesto que está demostrado que el hecho de cambiar su entorno de trabajo mejora su motivación y atención.

Por otra parte, hemos pensado que el Centro puede disponer de otras formas de obtener ingresos adicionales a los fijados por la Consejería de Educación y los propios del seguro escolar, siendo así menos dependiente de las Administraciones al contar con una mayor autofinanciación. Algunas de las medidas de las que el Centro podría obtener fuentes adicionales de ingresos sería el alquiler de las instalaciones deportivas fuera del horario escolar, el alquiler de las salas de usos múltiples para la realización de tallares o conferencias y utilizar la sala de informática para dar cursos de formación o mecanografía.

3. La Convivencia en el Centro Educativo

Análisis de las diferentes normas de convivencia que se deben establecer en el Centro para que el clima de trabajo sea el más idóneo, lo que favorezca en la medida de lo posible el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos.

  • MEJORAS/MODIFICACIONES:

Se prohíbe el uso de aparatos electrónicos en el aula, pero según el Decreto 327/2010, de 13 de julio: "en el Reglamento se incide en el desarrollo de la sociedad de la información, pues los institutos de educación secundaria deben ser exponente e impulso de las tecnologías de la información y la comunicación, en pro de la solidaridad digital, de manera que el alumnado sea partícipe en la edificación de la sociedad del conocimiento".

Por tanto, en lugar de prohibir el uso de aparatos electrónicos, ya que nos encontramos en una sociedad muy digitalizada, podemos enseñar a los alumnos a trabajar con estos dispositivos ya que es importante que los alumnos se familiaricen con ellos puesto que serán los que se utilizarán en un futuro.

4. La Comunicación e Información

Es imprescindible que exista una información precisa y fluida entre los sectores implicados en el proceso educativo. Además, es necesario que las actividades que el Centro realiza tengan coherencia.

  • MEJORAS/MODIFICACIONES:

Cabe destacar que en los diferentes reglamentos analizados está bien explicado y hay poco que mejorar en este aspecto ya que se detalla los instrumentos para el funcionamiento del plan de información y comunicación. La información interna es necesaria ya que la ley lo exige, por tanto, deben exponer públicamente el Proyecto Educativo, el Proyecto de Gestión, el ROF, las Memorias, etc...

Luego también se hace mención de las fuentes externar, aquellas que no afectan directamente a la organización, planificación o gestión del Centro.

Se mencionan los diferentes medios de comunicación que dispondrán los alumnos, el profesorado y las familias para mejorar las relaciones entre ellos. El Centro dispondrá de tablones de anuncios para cada uno de los agentes, así como la transmisión de circulares para la información de los organismos oficiales. En algunos centros también se dispone de buzón de sugerencias.

Otro aspecto en el que se está haciendo hincapié y que pensamos que es necesario y tiene que seguir mejorando en el futuro es la utilización de Internet para que la comunicación entre todos sea mucho más rápida. Los centros están usando webs propias para publicar todo tipo de noticias, programas que están desarrollando, qué materiales didácticos usan, etc... Además muchos de ellos proveen a los profesores de cuentas de correo para uso exclusivo educativo para que puedan comunicarse entre ellos y si lo consideran necesario con las familias.

Nosotros propondríamos el fomento de la utilización de una red social única para todos los miembros del centro educativo. De tal forma que mediante esta red social (nosotros hemos pensado en la red edmodo) se unifiquen los criterios de subidas de trabajos, ficheros, corrección de los mismos y también las comunicaciones que se tengan que hacer a los profesores y como no, a los alumnos. El uso de una red única para todos puede suponer una mejora, ya que la comunicación resulta más fácil, rápida y también fluida. También se podría informar del uso de esta red social a las familias en una reunión, para que ellos también la controlen y puedan estar al tanto de la formación de sus hijos.

A grandes rasgos, creemos que esté apartado está suficientemente cubierto en los diferentes documentos analizados.

5. Recursos y Materiales Didácticos

Este apartado engloba los recursos humanos y materiales de los que debe disponer el Centro, sus características y situación, ya que el correcto aprovechamiento de los mismos repercutirá positivamente en la consecución de los objetivos buscados, una enseñanza de mejor calidad y un trabajo docente y administrativo más eficaz.

  • MEJORAS/MODIFICACIONES:

Creemos que algunos recursos como pueden ser las aulas TIC del centro deberían quedar abiertas y disponibles para el alumnado que lo necesite, ya que en el centro puede que haya alumnos que no tengan internet en casa y necesiten realizar consultas y búsquedas para la realización de tareas y trabajos. Para esto, también sería necesario que hubiese personal docente o no que se encargase del control de estas aulas para que no hubiese ningún tipo de incidencia. Se propondría que los profesores en sus horas de guardia pasen de vez en cuando por allí para controlar que todo está en orden. No es necesario que haya una persona de manera permanente en estas aulas, pero si sería conveniente que existiera cierto control.

6. Relaciones del Centro Educativo con el Entorno

Este apartado debe hablar sobre las relaciones del entorno y las instituciones o sobre las posibles actividades complementarias y extraescolares.

  • MEJORAS/MODIFICACIONES:

Un aspecto a modificar o mejorar sería indicar el número de alumnos necesarios para que la actividad se pueda llevar a cabo. Tan sólo en uno de los ROF analizados se comenta que deben realizar las actividades alrededor del 75% del alumnado para que dicha actividad salga adelante.

Organización y Gestión de Centros Educativos. Master Profesorado 15/16. Universidad de Granada
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